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Ministro de Defensa reitera requisitos y competencias para ocupar funciones en areas Administrativas y de Comandos





 Santo Domingo.-El ministro de Defensa, Carlos Antonio Fernández Onofre, en virtud de lo dispuesto en los Decretos Presidenciales Nos. 261-16 y 361-21, reitero mediante circular de fecha 4 de los corrientes, los requisitos que deben cumplir los oficiales auxiliares para ocupar puestos de Directores y Subdirectores Generales o Directores y Subdirectores Departamentales, asi como Comandantes y Subcomandantes de unidades de comando.

En la referida circular el ministro de defensa reitero que para ocupar puesto de dirección se requiere que el oficial superior propuesto cumpla con los siguientes requisitos:

1.- Tener más de 25 años de servicios.
2.- Haber realizado el curso de estado mayor correspondiente.
3.-Cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, acondiciones morales y éticas, asi como las demás que se establecen reglamentariamente.

Para las subdirecciónes generales, se requiere al oficial superior propuesto, lo siguiente:


.- Tener más de 20 años de servicios.
2.- Haber realizado el curso de estado mayor correspondiente.
3.-Cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, acondiciones morales y éticas, asi como las demás que se establecen reglamentariamente.

En cuanto a los oficiales auxiliares para ocupar puestos de Dirección y Subdirección se le excluye la exigencia del curso de estado mayor, pero a cambio se exige un título universitario y cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, acondiciones morales y éticas, asi como las demás que se establecen reglamentariamente. Tener mas de 25 años de servicio para el cargo de director y 20 años para el de subdirector.


El Mayor General Fernández Onofre, instruyó a todas las dependencias de las fuerzas armadas, observar los lineamientos establecidos en los decretos presidenciales referidos antes de designar oficiales para cargos en sus estructuras, a fin de que se cumpla con los perfiles exigidos.

Esta disposiciónes han sido recibidas con beneplácito por parte de los oficiales que conforman las instituciones armadas, ya que seran considerados y tomado en cuenta los oficiales de mas antiguedad.


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